La Ley Silla fue aprobada en comisiones del Senado en el mes de diciembre y podría discutirse en el pleno en el nuevo período ordinario de sesiones que iniciará en febrero. El abogado Luis Diez de Bonilla Martinez especializado en derecho laboral nos explica lo que debes saber sobre esta reforma.
La reforma busca incorporar un marco regulatorio sobre el descanso en un asiento o silla durante el horario de trabajo, para ello, se propone prohibir que los empleadores le nieguen a sus colaboradores tiempo para hacer pausas y descansar a lo largo de su turno.
“¿Por qué se habla del derecho a sentarse en la jornada laboral? Esto es así, pues la regulación actual es laxa en esta materia. Si bien la LFT sí considera que las empresas deben proveer a sus empleados los asientos necesarios, no existe otra disposición adicional como sanciones o la obligación de contar con políticos internas sobre el tiempo para el reposo.” Así lo explica el abogado Luis Diez de Bonilla.
1. Industrias a las que aplicaría: La reforma aplicará para los sectores de servicio, comercio y análogos, y la obligación de otorgar sillas será tanto para la ejecución de sus funciones como para el descanso periódico durante la jornada laboral. En el resto de las industrias, la disposición sólo se podrá limitar si se pone en riesgo la seguridad de las personas por tomar asiento durante el desarrollo de sus actividades.
2. Reconocimiento y protección del derecho a sentarse: la propuesta es incorporar como obligación patronal el otorgar el número de sillas necesarias para el descanso de sus empleados durante su horario laboral. Además, prohibir que los empleadores obliguen a las personas a permanecer de pie la totalidad de su tiempo de trabajo.
3. Los riesgos de trabajar de pie: Permanecer de pie durante todo el desarrollo de las actividades laborales es un asunto relacionado directamente con la salud de las personas. Según una investigación de la Revista Americana de Epidemiología, las personas trabajadoras que laboran todo el tiempo de pie son susceptibles a un infarto cardíaco o a sufrir derrame cerebral, que tienen que ver con el retorno venoso, la tasa de flujo sanguíneo de vuelta al corazón.
4. Reglamentación interna: La reforma plantea la necesidad de que los reglamentos internos de trabajo reconozcan el tiempo obligatorio para el reposo durante la jornada laboral. Además, que se incorporen las políticas para regular el derecho de las personas a sentarse.
5. El tema no es nuevo en el mundo: A nivel global, el tiempo que permanecen las personas de pie para desarrollar sus actividades es un tema regulado. En Latinoamérica, por ejemplo, Chile cuenta con este derecho desde 1914 y Argentina tiene una disposición legal específica en esta materia desde 1935.
6. Sanciones por incumplimiento: La modificación legal también plantea multas para los empleadores que incumplan con esta obligación, la cual oscilaría entre 27, 142 y 271, 425 pesos.
La reforma de los artículos 132, 133, 423 y 1000 de la Ley Federal del Trabajo se presentó para garantizar la salud de las personas trabajadoras, la iniciativa beneficia a los empleadores.
El dictamen fue aprobado por unanimidad en comisiones de la Cámara Alta, con posicionamientos que destacaron la importancia de avanzar en la regulación y los riesgos para la salud de las personas. El proyecto está listo para discutirse en el pleno cameral cuando los órganos directivos lo incluyan en la agenda de alguna sesión ordinaria.
Esperamos que esta información te sea de utilidad y agradecemos al abogado Luis Diez de Bonilla, socio de la firma Diez de Bonilla Kuri y Asociados S.C.